Ley Orgánica
Reglamento Interno
Regl. de Arancel
Reglamento de Especialidades
Otros Reglamentos
 



REGLAMENTO INTERNO DEL CAH

CAPITULO I

Art. 1. Créase el Colegio de Arquitectos de Honduras con Personería Jurídica y patrimonio propios, el cual se regirá por la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, por la Ley Orgánica, por el presente Reglamento y, en lo no previsto, por las demás leyes aplicables. El domicilio del Colegio será la
Capital de la República, pudiendo constituir Capítulos en otros lugares del País.

Art. 2. El Colegio tendrá los siguientes objetivos:
a) Fomentar y estimular la solidaridad entre los Colegiados.
1) Procurando el acercamiento entre los miembros del Colegio;
2) Orientándolos y brindándoles facilidades en el desempeño de sus actividades profesionales;
3) Estableciendo programas para su protección, ayuda mutua y previsión social y también para sus familiares.

b) Participar activamente en la formación y superación integral del
profesional de la arquitectura:

1) Cooperando con las Universidades y en los aspectos científicos, técnicos y académicos;
2) Promoviendo la formación y capacitación de técnicos y auxiliares de la Arquitectura;
3) Actualizando los conocimientos de sus miembros para el mejor ejercicio de la profesión.

c) Regular el ejercicio profesional de los colegiados:
1) Regular el ejercicio de la profesión y de sus especialidades, y de acuerdo al Reglamento de Especialidades de las profesiones afines, de las actividades técnicas, oficios y artes auxiliares de la
arquitectura de acuerdo a Reglamento.
2) Protegiendo el libre ejercicio profesional;
3) Defendiendo los intereses de la profesión frente al ejercicio ilícito de ella,
4) Vigilando y sancionando la conducta profesional de los Colegiados, cuando infrinjan la Ley Orgánica y los Reglamentos del Colegio.
5) Fomentando y reglamentando los concursos de Arquitectura;
6) Estableciendo con aprobación del Poder Legislativo del Estado el Arancel de Honorarios Mínimos Profesionales.

d) Cumplir la función social de la Arquitectura, proyectándose a la
comunidad:

1) Velando porque el ejercicio profesional cumpla con su función social;
2) Participando en el estudio y solución de los problemas nacionales y locales;
3) Colaborando con el Estado en los aspectos en que se requiera su intervención;
4) Difundiendo el conocimiento de la profesión de la Arquitectura.

e) Establecer y mantener relaciones con otras organizaciones profesionales;
especialmente con las de Arquitectura;
1) Participando y promoviendo Congresos y otros eventos nacionales e internacionales y todas aquellas actividades que tiendan a estrechar los vínculos profesionales;
2) Afiliándose a organizaciones nacionales e internacionales que persigan objetivos afines a los del Colegio.

f) Cualquiera otra actividad que beneficie la profesión o los intereses generales del país.